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Educación Especial

 EDUCACIÓN ESPECIAL

Educación Especial ofrece servicios educativos y relacionados a estudiantes con impedimentos entre los 3 y los 21 años de edad, conforme a la legislación federal Individuals with Disabilities Education Act (IDEA), según enmendada, la Ley Estatal Núm. 51 de Puerto Rico y la Carta Circular Núm. 20-2003-2004.

 

El proveer una educación apropiada a estudiantes con impedimentos requiere servicios educativos y relacionados que llenen las necesidades individuales de cada uno de éstos, incluyendo servicios de terapia sicológica, del habla, ocupacional y física cuando éstos se determinen necesarios. Además, el Programa de Educación Especial provee servicios suplementarios y de apoyo cuando esto es requerido para que el estudiante se beneficie de la educación especial, tenga acceso al currículo general y pueda educarse junto a sus pares sin impedimentos.

Los estudiantes en edad escolar tienen disponible un conjunto de alternativas de ubicación, que incluyen el salón regular con ayudas y servicios suplementarios, el salón recurso, clases especiales, escuelas especiales, instituciones, hospitales y servicios en el hogar. Los estudiantes son educados con otros estudiantes sin impedimentos en la máxima medida posible.

 

Todas las decisiones de ubicación se hacen por un Comité de Programación y Ubicación (COMPU) que requiere la participación del padre. Los servicios se proveen de acuerdo al Programa Educativo Individualizado que se prepara para el estudiante.

Los servicios educativos que se ofrecen a niños y jóvenes con impedimentos están protegidos por las garantías y derechos que otorgan las leyes vigentes a estos estudiantes y sus padres. El documento Derechos de los Padres describe dichas garantías.

OBJETIVOS:

  • Proveer servicios educativos y relacionados de calidad de acuerdo a las necesidades individuales de nuestra clientela.

  • Desarrollar un programa de capacitación de personal que llene las necesidades de adiestramiento de aquellos que ofrecen servicios educativos y relacionados a los estudiantes elegibles.

  • Promover la participación activa y sistemática de los padres en la toma de decisiones relacionadas con los servicios educativos de sus hijos.

  • Coordinar y colaborar con otras agencias para la prestación de servicios integrales.

  • Mantener un sistema de recopilación de información estadística.

FUNCIONES PRINCIPALES:

  • Establecer e implantar las normas, procedimientos y política pública que rigen la prestación de los servicios educativos integrales a niños y jóvenes con impedimentos entre las edades de 3 a 21 años inclusive.

  • Hacer disponible los servicios educativos y relacionados a los niños y jóvenes con impedimentos que se determinen elegibles de acuerdo con su Programa Educativo Individualizado (PEI).

  • Mantener un Registro Contínuo Central, confidencial y actualizado de los estudiantes con impedimentos.

  • Proveer los equipos y servicios de asistencia tecnologógica para el logro de los objetivos educativos en el PEI del estudiante.

  • Establecer los mecanismos que garanticen un debido proceso de ley a los niños y jóvenes con impedimentos.

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